Cada país tiene sus particularidades, su gobierno y sus leyes. A todos nos gustan y disgustan cosas de nuestro país, lo comparamos con otros. Incluso nos gusta fantasear con un país que aúne todo lo que creemos que funcionaría para que a todos (o a la mayoría) nos fuera mejor. Pero dejándonos de hipótesis debemos centrarnos en las leyes que nos incumben a cada uno y ser conocedores de ellas. Hace unos meses, concretamente el 8 de marzo de 2019, el gobierno de España aprobó el Real Decreto-ley 8/2019 con un paquete de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo. Dicho paquete incluía, entre otras medidas, la obligatoriedad de tener un registro diario de jornada laboral. Pero ante un paquete de medidas siempre nos surgen dudas y a veces confusión porque son muchas las casuísticas. Vamos a aclarar esas dudas.
¿Qué indica la nueva ley para fichar?
Hasta la publicación del Real Decreto-ley 8/2019 los trabajadores a tiempo parcial tenían la obligación de registrar su jornada laboral. Desde el 12 de mayo de 2019 la norma es también para los empleados a jornada completa.
Para no dejar cabos sueltos sobre la responsabilidad del control horario el gobierno especifica en el BOE “La empresa garantizará el registro diario de jornada” e igualmente indica que “La empresa conservará los registros a que se refiere este precepto durante cuatro años y permanecerán a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social”.
¿Cómo debe funcionar el fichaje obligatorio según la ley?
Vayamos por pasos, primero la empresa debe encargarse de poner a disposición de los trabajadores un sistema de control horario. Esto se puede realizar mediante negociación colectiva o por decisión del empresario.
Una vez establecido el sistema es el empleado quién debe registrar su jornada al iniciar y al finalizar (y si procede, las posibles paradas intermedias para comer u otros motivos). A final de mes será el empresario el encargado de generar el informe de cada trabajador y conservarlo durante los 4 años anteriormente mencionados.
Antes hemos mencionado brevemente las posibles paradas y es que la ley dice que debemos registrarlas también. Así nos obliga a llevar registro de “lo relativo a pausas diarias obligatorias legal o convencionalmente previstas, o voluntarias”. Aunque lo que es contabilizable como pausa puede generar controversia. Por eso siempre debemos tener en cuenta lo que la empresa y trabajador han pactado como pausas para evitar futuros malentendidos.
¿Recibirá el trabajador una copia del control horario según la nueva ley para fichar?
En caso de no realizar horas extra la empresa no está obligada a entregar una copia del registro. El boletín oficial indica que “la permanencia a disposición no implica la obligación de entrega de copias, salvo pacto expreso en contrario, ni debe entregarse al trabajador individual copia de su registro diario”. Pero sí obliga a la empresa a permitir su visualización de algún modo cuando el trabajador lo solicite.
En caso de realizar horas extraordinarias la cosa cambia: “a efectos del cómputo de horas extraordinarias, la jornada de cada trabajador se registrará día a día y se totalizará en el periodo fijado para el abono de las retribuciones, entregando copia del resumen al trabajador en el recibo correspondiente”. En este caso sí se deberá entregar una copia del registro de horas al trabajador.
¿Todos los trabajadores están obligados a tener un registro de jornada laboral?
No, existen excepciones. Los trabajadores autónomos, los socios de cooperativas y los que legalmente estén declarados como relación laboral de carácter especial (artistas, deportistas, trabajadores domésticos, etc.). Como vemos, salvo excepciones, los trabajadores por cuenta ajena deberán tener un control horario para poder fichar.
¿Es obligatorio el fichaje de los empleados con flexibilidad horaria?
También deben fichar. En la nueva ley no existe ningún impedimento para que los trabajadores tengan flexibilidad horaria. De hecho, cada vez más empresas se dan cuenta de los beneficios y permiten a sus empleados cierta laxitud sobre sus horarios de entrada y salida.
Además, la fórmula que propone el gobierno no exige que todas las jornadas sean del mismo tiempo. En la guía sobre el registro de jornada que pone a disposición el ministerio de trabajo nos indica que “la flexibilidad horaria exige el cumplimiento de una determinada jornada mensual”. Es por ello que podemos compensar unos días con otros y estar dentro de la legalidad si hacemos esa compensación de horas en el mismo mes.
Trabajo a distancia
Existen multitud de empleos que se realizan fuera de las propias instalaciones de la empresa. Incluso existen trabajos que inician la jornada fuera y luego van a la empresa. Y al contrario, que empiezan en la empresa y no finalizan allí la jornada laboral. Para estos casos la ley también es de obligado cumplimiento y así está indicado “en el caso de trabajo a distancia, incluido el teletrabajo, existen fórmulas asequibles que aseguran el registro de la jornada diaria”. Para el cumplimiento de la ley deberemos encontrar un sistema de control horario apropiado.
¿Cómo puedo cumplir la nueva ley para fichar?
La aplicación para fichar Vimppo es perfecta para que cualquier empresa pueda cumplir el Real Decreto-ley 8/2019 porque tendrá un registro horario de sus trabajadores disponible para visualizar cuando lo necesite. Al ser un sistema de fichaje móvil permite hacerlo fácilmente desde cualquier lugar resolviendo el problema de fichar en trabajos itinerantes.
Las funcionalidades de Vimppo también permiten a la empresa decidir si el fichaje incluirá la ubicación y una foto del momento de fichar. Con ello se puede evitar posibles fraudes por parte del trabajador.
Los informes generados por la aplicación serán sencillos de interpretar para que rápidamente podamos encontrar la información. Se podrá hacer la exportación en PDF y Excel, según convenga. Esto hará que la organización y documentación sea mucho más cómoda.
Con la idea de cubrir las obligaciones de esta nueva ley nació nuestra aplicación como ya explicamos en nuestra primera entrada. Por todo lo anteriormente mencionado creemos que Vimppo puede ser una buena opción. Solo nos queda recomendarte que la pruebes y decidas si es lo que necesitas.
Te esperamos en nuestra próxima entrada.